Bufete Rosales – Despacho de Abogados Profesionales en Madrid

Clientes del Banco Popular (ampliación 2016). Situación actual.

Los accionistas del Banco Popular hace 1 año que perdieron la totalidad de su dinero y lo mismo les pasó a aquellos que habían invertido su dinero en obligaciones subordinadas o en bonos convertibles. Banco Popular fue vendido al Banco Santander por el precio simbólico de tan sólo 1€ y los inversores vieron como sus títulos se amortizaron a 0€.

La mayoría de estos afectados no han querido aceptar los bonos de fidelización del Banco Santander, producto muy similar a las famosas participaciones preferentes. Por ello, los afectados deben saber que pueden recuperar su inversión o recibir una indemnización por el perjuicio sufrido con su correspondiente interés legal.

Recientemente se está escuchando que los afectados sólo tienen hasta el día 7 de este mes para interponer acciones contra el Banco. Lo cierto es que desde Bufete Rosales contamos con 2 vías de resolución en las que aún existe un amplio plazo para seguir reclamando. Por un lado la vía penal y por otro lado la vía civil.

La vía penal, en la que ya hay miles de afectados personados, se dirige contra la cúpula del Banco Popular, es decir, contra los antiguos administradores del Popular, por presuntos delitos de falsedad contable y estafa a los inversores, en relación con las cuentas anuales y la información de la ampliación de capital de 2016. Nuestra recomendación por el momento es que acudan a esta vía todos los afectados que hayan comprado antes de la ampliación de capital o incluso si tienen compras posteriores.

Y en la vía civil, ejercitamos principalmente la acción de nulidad por vicio en el consentimiento como consecuencia de las falsedades contenidas en el folleto informativo de la ampliación de capital de 2016. Conforme a nuestro criterio, esta vía no caducaría hasta 2021. También ejercitamos la acción de reclamación de daños y perjuicios producidos por la responsabilidad civil derivada de las falsedades e inexactitudes del folleto, que prescribe a los 3 años, y por último ejercitamos la acción de resolución del contrato de adquisición de acciones de la ampliación de capital de 2016 por incumplimiento del contrato cuyo plazo de prescripción es de 5 años.

Además, aún estamos a la espera de que se emitan los informes periciales de los dos peritos del Banco de España y que ya han sido solicitados por el juez Andreu. Estos informes pueden esclarecer muchas dudas sobre el caso, pues se cree incluso que hasta las cuentas del 2012 probablemente también estuvieran falseadas.

Desde Bufete Rosales aconsejamos a todos los afectados que se pongan en contacto con nosotros, que concierten una cita y se dejen asesorar por nuestros abogados para la mejor defensa de sus intereses.

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