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ley de segunda oportunidad

LAS CLAVES DE LA NUEVA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

1. ¿Que es y qué finalidad tiene?

La Ley de Segunda Oportunidad, entre otras cuestiones, aborda lo que ha dado en llamarse “el mecanismo de segunda oportunidad” que no es otra cosa que la posibilidad de la exoneración del pasivo insatisfecho o “el perdón de las deudas” a personas físicas, deudoras “de buena fe”.

La finalidad de esta ley es permitir que una persona física, consumidor, autónomo, a pesar de haber tenido un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida sin tener que arrastrar indefinidamente la carga de una deuda que nunca podrá pagar.

2. ¿A quién afecta o quien puede verse afectado por su aplicación?

Se podrán beneficiar de esta nueva ley porque ofrece vías de solución: los autónomos, particulares, personas físicas, consumidores en general y familias sobreendeudadas. En definitiva esta ley intenta hacer justicia equiparando a la persona física con la persona jurídica, en el sentido de no dejar sujeta de por vida a las personas físicas al pago de las deudas en base al principio de responsabilidad patrimonial universal que consagra el Código Civil y así, cuando un deudor de buena fe se ve abocado a una situación de insolvencia originada por factores ajenos a él, que se pueda beneficiar y empezar de cero.

Estas personas/deudores necesitan que el ordenamiento jurídico les ofrezca salidas razonables, que por una alteración sobrevenida e imprevista de sus circunstancias, no pueden cumplir los compromisos contraídos.

 3. ¿Cuáles son los requisitos para acogerse al beneficio a la Ley de Segunda Oportunidad?

 Ser un deudor de buena fe, lo que significa cumplir varios requisitos:

  • No haber sido declarado culpable en el concurso de acreedores, es decir, que no haya originado o agravado su insolvencia por dolo o culpa grave.
  • No haber sido condenado en sentencia firme por delitos contra la Hacienda Pública, Seguridad Social; y el Derecho y Libertad de los trabajadores en los diez años anteriores.
  • Haber conseguido o intentado un acuerdo extrajudicial de pago con sus acreedores, aceptar someterse al plan de pagos propuestos. Y no haber obtenido en los diez años inmediatamente anteriores este mismo beneficio.
  • No haber rechazado en los cuatro años inmediatamente anteriores una oferta de empleo adecuada a su capacidad, y por último, aceptar inscribir el beneficio en un Registro Público Concursal.

 4. ¿Qué hay que hacer para acogerse a esta Ley?

Es imprescindible la participación de abogado y procurador. Se debe presentar la solicitud de dicho beneficio ante el juez que haya conocido el previo concurso de acreedores. Y previamente a todo ello haber intentado, al menos, un acuerdo extrajudicial de pago con los acreedores.

La solicitud del beneficio debe ir acompañado, según los casos, de una propuesta de Plan de Pagos, cuya duración es cinco años y al que el deudor se debe someter.

5. ¿Quedará libre de deudas?

Si, siempre y cuando la concesión de dicho beneficio lo sea con carácter definitivo y siempre y cuando no tenga el deudor recursos para poder pagar sus deudas.

Si te encuentras en una situación parecida, en Bufete Rosales podemos ayudarte. Te facilitamos una cita gratuita donde te atenderán abogados especialistas que realizarán un diagnóstico de viabilidad, un tratamiento y un presupuesto sin compromiso. Este presupuesto es económico, flexible, acorde a las posibilidades y circunstancias de cada persona. Para acudir a la cita y poder estudiar su caso, será necesario traer una relación de las deudas y de los activos que disponga.

Solicita tu cita en el 91 550 15 15 o en info@bufeterosales.es. Si lo prefieres podemos ponernos en contacto contigo, déjanos tus datos y lo hacemos a la mayor brevedad.

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41 comentarios en “LAS CLAVES DE LA NUEVA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD”

  1. Hola,
    En caso de tener la deuda con la SS, como la mayoría de los autónomos, es posible acogerse a esta ley? en que artículo se dice que las deudas públicas no están incluidas?

    1. Hola Sam, las deudas contraídas con la Seguridad Social y Hacienda seguirían existiendo, se podría ver algún tipo de plan de pagos, pero sería necesario estudiar cada caso. Si lo desea puede contactar con nosotros en el 91 550 15 15 y le facilitamos una cita sin compromiso con un abogado especialista para valorar su caso. Puedes consultar la ley al completo en el BOE. Un saludo.

  2. Hola, no se si mi caso podría encajar.
    Fui empresario con una clínica dental y tuve que cerrar.
    Tuve que hacerme cargo de una póliza de crédito de la sociedad que avalaba personalmente que se ha convertido en una cifra impagable.
    Presente varias opciones y no me dejaron porque querían un aval «real» que no tengo. Me quede literalmente sin nada.
    Gracias por la respuesta.

    1. Hola Álvaro, pues por lo que nos comentas sí que podría ser posible gestionar tu caso a través de la nueva ley, pero necesitamos más información al respecto. Te mandamos un email y lo vemos. Gracias por tu comentario. Un saludo.

  3. Yo pedi un prestamo para ayudar a una amiga con su negocio que no he podido pagar ya que al poco tiempo me quede sin trabajo y ademas una deuda con un alquiler de un piso que tuve que dejar de pagar por lo mismo.
    Mi amiga tambien estaria interesada, ella tiene deuda con sa seguridad social, un prestamo personal y con algun proveedor.
    Ella esta en el paro desde hace unos meses y yo trabajo dias suelto por etts

  4. Yo tengo una hipoteca abierta con la Caixa y desde la crisis he trampeado como he podido , me prestaron dinero los de la Caixa para ir pagando los meses , pero ahora estoy en una situación que ya no puedo pagar , si pago mi familia no come porque el dia dos del mes mi cuenta esta a cero , ay una solución con esa ley ………………………………………………… GRACIAS

    1. Buenos días Narciso, nos hemos puesto en contacto con usted por email para poder informarle de su caso. Un saludo.

  5. Hola, yo tengo varios impagos, pedi un prestamo personal para casarme y antes de la boda me hecharon del trabajo, he ido trampeando y pagando como he podido con tarjetas de credito pero ahora mismo si pago mi hijo no come, solo tengo para pagar alquiler algun mes y comer, me han mandado varias cartas de que estoy en ficheros por no pagar y al estar hay no puedo pedir nada para pagar lo que debo…si pudiera acogerme a esta ley…espero su respuesta.gracias

  6. hola mi comentario es sobre la Seguridad Social, quisiera saber si me puedo acoger a la nueva ley de la segunda oportunidad .Tengo una deuda en la seguridad social de hace varios años de cuando era autónomo y que no he podido pagar por motivos de dinero y la deuda me sigue incrementando haun habiendo llegado a un acuerdo con ellos y yo no puedo hacer frente a esa deuda quisiera saber como debo de hacer o buscar una solución para esta deuda que no puedo afrontar para poder pagar gracias

    1. Hola Jaime, las deudas de la Seguridad Social no están acogidas en la nueva Ley. Es decir, que estas deudas no se perdonan en principio, lo mejor en su caso sería hacer un plan de pagos. Si tienes alguna otra deuda, se podría estudiar su caso. No obstante, contactamos con usted por email y nos ponemos en contacto para estudiar su caso. Un saludo.

  7. Hola, a mí me ofrecieron una hipoteca puente porque íbamos a vender el piso y comprar otro, pero el nuestro al final no se vendió. Ahora nos quedan solo dos años de carencia y cuando termine no podemos hacer frente a las dos hipotecas. He intentando en varias ocasiones la dación en pago de cualquiera de las dos pero siempre la rechazan. Creen que tengo posibilidades?

    1. Hola Paloma, podemos estudiar su caso en una cita gratuita con uno de nuestros abogados para ayudarla. Nos ponemos en contacto con usted por email. Un saludo.

  8. hola tengo 58 años y era autonomo hace 4 años que ni trabajo ni encuentro nada tengo deudas con bancos,SSocial,comunidad y ayuntamiento que no puedo pagar que puedo hacer.gracias

    1. Hola Matías, podemos estudiar su caso en una cita gratuita con uno de nuestros abogados para ayudarle. Nos ponemos en contacto con usted por email. Un saludo.

  9. Miguel Ángel Paniagua

    Hola mi mujer y yó éramos autónomos con dos negocios q por la crisis tuvimos q cerrar hace 4 años.Tuvimos qq rehipotecar la casa (nos quedaba muy poco por pagar) y nos hemos arruinado. Tenemos deuda con con.vecinos y nos han demandado, ibi. Mi mujer trabaja pero prácticamente es para pagar la hipoteca y mis ingresos son mínimos, tenemos un niño. Quisiera saber si podría haber alguna solución, pues estamos muy agobiados. Gracias y saludos.

    1. Buenos días Miguel Ángel,

      para poderle asesorar e informarle de manera más detallada hemos contactado con usted por email.

      Un saludo.

  10. Hola a mi me ofrecieron e hice una hipoteca puente por que iba a vender una vivienda pero al final no fue posible y en un año se acaba la carencia y no voy a poder pagar, intente entregar un piso al banco y lo rechazan o cualquier solución.
    Y lo unica respuesta es que pague tengo alguna posibilidad

    1. Hola Sergio,

      nos gustaría ayudarle en su caso, hemos contactado con usted por email para que nos pueda facilitar un teléfono de contacto.

      Un saludo.

  11. Juan José Corredera Sanchez

    Hola …Fui autónomo en transporte de mercancías en carretera de esto hace 4 años me que de con un vehículo q no puedo pagar ,deuda con s social ,hacienda etc,….Mi mujeres discapacitada igual que yo ….Los dos tenemos pensiones,pero no nos da para pagar las deudas que tenemos y quisiéramos saber si nos pueden ayudar.Muchas gracias y un saludo

  12. Hace un año más que me están embargando mi nómina por orden judicial se me hace muy difícil llegar a fin de mes con lo que me queda y aparte tengo otras deudas que no he podido pagar tengo tres,hijos y uno discapacidad quisiera saber si puedo salir de esto con esta nueva ley….. Gracias.

  13. Agustín Muñoz Torres

    Muy buenas.
    Mi madre tiene deudas con varias entidades financieras, como por ejemplo (Cofidis, Cetelem, Uno-e y Catalunya Caixa). Todo son créditos personales que pidió para ayudar a sus hijos. Ella es pensionista y debe 1000 euros a uno, 1000 a otro y así hasta con cinco entidades. Cada mes se devuelven recibos, incluso de la luz o el agua. Llevamos trampeando con su pensión desde hace tiempo, pero la situación actual es insostenible. Podría beneficiarse de esta ley?

    Mi hermana, madre soltera y con un contrato de media jornada, también debe dinero al Corte Inglés porque compró bajo financiación y desde hace tiempo no puede y no paga las cuotas. Ya le han enviado cartas, al ser media jornada no le quitan nada del sueldo pero ella sigue con la deuda. Ella también podría beneficiarse?

    Muchas gracias de antemano y espero podáis ayudarnos.

  14. mgiuel angel sanchez

    Hola buenas tardes. Me gustaría conocer cual es el coste en honorarios para llevar una propuesta de Ley de segunda oportunidad.Unsaludo.

    1. Buenas tardes Miguel Ángel, habría que estudiar su caso para ver en primer lugar si se puede acoger a esta ley y de ser así, habría que estudiar su caso para poderle indicar. Puede contactar en el 91 550 15 15 para pedir una cita gratuita y sin compromiso para que un abogado especialista puede asesorarle. Un saludo.

  15. Hola desde hace 4 años estoy esperando un embargo hipotecario ,pq por aquel entonces mi ex pareja no podia pagar su parte y yo no podia hacerme responsable de la letra entera del piso ,e intentado negociar con el banco y no me dan solucion,me podria acoger a esta ley?

    1. Hola Antonio, para poderle asesorar con detenimiento sobre su caso, nos ponemos en contacto con usted por email. Si lo desea puede contactar con nosotros en el 91 550 15 15. Un saludo.

  16. Buenas tardes,

    Estoy sobre endeudado con varios prestamos personales (prestamo personal, prestamo de coche y tarjetas), me puse en contacto con el banco para poder refinanciar mi deuda, ya que mis egresos son mayores a mis ingresos, con la buena voluntad que tengo que pagar, pero el banco me ha rechazado mi propuesta, y nunca he tenido un atraso, pero ya me es imposible pagar todo; mi consulta es si puedo acogerme a esta ley de segunda oportunidad.
    Aprovechar y comentarles que hace 2 años atras un negocio que pusimos con mi epsosa tuvimos que cerrarlo porque nos fue mal.
    Espero vuestros comentarios.

    1. Hola Christian, por lo que nos comenta sí podría encajar en esta nueva ley, pero sería necesario estudiar su caso. Llámenos al 91 550 15 15 o escríbanos a info@bufeterosales.es para poderle indicar más detalladamente. Un saludo.

  17. daniel gonzalez navarro

    tengo problemas con los gastos de urbanización de unas parcelas la promotora no quiere llegar a un acuerdo de dación en pago .soy jubilado y dinero no tengo puedo pagar en terreno

    1. Hola Daniel, para poder estudiar tu caso, puedes ponerte en contacto en el 91 550 15 15 para que un abogado especialista pueda ver tu caso en detalle. Un saludo.

  18. Buenos dias me pongo en contacto con ustedes porque tengo varios creditos que no puedo pagar como cofidis,uno-e,cetelem santander consumer. Y quisiera saber si me puedo acojer a la ley de segundas oportunidades ya que yo estoi cobrando una pension por invalidez mi mujer trabaja por horas y tenemos dos niñas pequeñas y si pagamos no comemos ese mes me pueden ayudar por favor ya no sabemos que hacer .

  19. Tenía empresa de construcción una s.l.u.y me dejaron varias deudas con 5 trabajadores a mi cargo pague a los trabajadores como pude pero me quedo una deuda bastante grande en seguridad social y Hacienda. Tengo clientes que trabaje para ellos que me llaman ofreciéndome trabajo pero no puedo trabajar porque no puedo darme de alta de autónomo x culpa de la deuda.tendría alguna opción gracias.

  20. Buenas. Mi padre pidió una línea de crédito a Cereales y lleva varios años pagando y le siguen pidiendo aun una cantidad superior a lo que pidió. Lleva años cobrando la ayuda de mayores de 55 años. Que podriamos hacer?

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