Bufete Rosales – Despacho de Abogados Profesionales en Madrid

BUENAS NOTICIAS: AUN SE PUEDEN SEGUIR RECLAMANDO LOS GASTOS HIPOTECARIOS.

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de confirmar que el plazo de prescripción para la devolución de los gastos hipotecarios empieza a contar desde la sentencia que declara la nulidad de la cláusula por abusiva.

Es decir, que el plazo para reclamar es prácticamente imprescriptible.

Llama e infórmate. 91 550 15 15

¿Qué son las participaciones Preferentes?

Se las conoce por muchos nombres: valores preferenciales, acciones preferenciales, participaciones preferentes o acciones preferentes, pero nosotros nos vamos a quedar con la denominación popular que es la que seguro habrás escuchado en más de una ocasión. PREFERENTES.

Este tipo de producto bancario se corresponde normalmente con valores de más alto rango que las acciones comunes y, en la teoría, sus condiciones son negociadas entre la entidad emisora y el inversor que las adquiere. Decimos en teoría puesto que, en España, una serie de entidades bancarias aprovecharon la confianza que sus clientes ponían en ellas y vendieron estas preferentes a personas que no conocían todas sus condiciones o que no entendían plenamente qué es lo que estaban comprando.

Las preferentes están a medio camino entre los bonos y las acciones. Los bonos son un producto bancario en el que el usuario invierte una cantidad y ésta se le devuelve al finalizar el tiempo acordado con un porcentaje de beneficios previamente firmado. Estos bonos no dan derecho a voto en la entidad. En cambio, las acciones sí dan derecho a voto en la empresa pero no tienen una rentabilidad fija acordada sino que varía según los resultados de la entidad.

Las preferentes no otorgan derecho a voto como los bonos, pero tienen una rentabilidad fija si la entidad tiene beneficios por lo que son similares a las acciones. Así pues, son un activo de alto riesgo financiero, que pueden otorgar un alto interés bancario para quien las compra pero que también puede producir la pérdida total de la inversión realizada. Además, son un producto bancario sin vencimiento aunque se puede negociar el derecho de cancelación a partir del quinto año.

Se les llama participaciones preferentes porque, en caso de concurso de acreedores, el comprador de estos valores tiene carácter preferente a la hora de cobrar lo invertido. Pero sólo van delante de los accionistas, ya que según la legalidad vigente, todos los demás prestamistas y deudores (trabajadores, proveedores, etc).

Esperamos que te haya quedado claro qué son las preferentes y si eres uno de los afectados, contacta con nosotros de forma gratuita en info@bufeterosales.es para que te asesoremos.

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