Bufete Rosales – Despacho de Abogados Profesionales en Madrid

BUENAS NOTICIAS: AUN SE PUEDEN SEGUIR RECLAMANDO LOS GASTOS HIPOTECARIOS.

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de confirmar que el plazo de prescripción para la devolución de los gastos hipotecarios empieza a contar desde la sentencia que declara la nulidad de la cláusula por abusiva.

Es decir, que el plazo para reclamar es prácticamente imprescriptible.

Llama e infórmate. 91 550 15 15

¿Qué cambios hay en esta edición de la Declaración de la Renta?

Desde el pasado 1 de abril está vigente la campaña de la Declaración de la Renta 2013 y en este post queremos comentaros algunos de los puntos que cambian en relación con la del año anterior.

– Este año es el primero en el que ya no se permite presentar la Declaración de la Renta a mano, ya que tan sólo se podrá realizar mediante medios informáticos. Eso sí, se puede llevar impresa y entregarla en mano en las oficinas de la Agencia Tributaria. Para aquellos usuarios menos familiarizados con las nuevas tecnologías, se ha habilitado un servicio de cita previa para que los asesores especializados de la Agencia Tributaria les expliquen el funcionamiento de la aplicación.

Desaparece la desgravación por compra de vivienda habitual en 2013, por lo que los contribuyentes que adquirieron su vivienda el pasado año ya no podrán beneficiarse de la desgravación a partir de ahora. En cambio, sí que mantienen este beneficio aquellos que compraron su vivienda habitual en 2012 o antes.

Los premios de Loterías y Apuestas del Estado, los organizados por las Comunidades Autónomas, la Cruz Roja Española y la ONCE ya no están exentas del Impuesto sobre la Renta. El gravamen se aplica sólo a los premios obtenidos a partir de 2013 y de forma independiente respecto a cada décimo, fracción o cupón premiado. Quedan exentos aquellos premios iguales o inferiores a 2.500€.

– Se incorpora un nuevo incentivo fiscal a favor de aquellas personas que aportaron capital para el inicio de una actividad empresarial. Los llamados «Business angels» se podrán beneficiar de una deducción de hasta el 20% de su aportación, estando el límite en 50.000 €.

Para más información sobre la Declaración de la Renta, os dejamos su web: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta2013.shtml

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