Bufete Rosales – Despacho de Abogados Profesionales en Madrid

BUENAS NOTICIAS: AUN SE PUEDEN SEGUIR RECLAMANDO LOS GASTOS HIPOTECARIOS.

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de confirmar que el plazo de prescripción para la devolución de los gastos hipotecarios empieza a contar desde la sentencia que declara la nulidad de la cláusula por abusiva.

Es decir, que el plazo para reclamar es prácticamente imprescriptible.

Llama e infórmate. 91 550 15 15

El impuesto de sucesiones

Cuando una persona fallece hay un conjunto de bienes, derechos y obligaciones que forman su herencia y que pasan a sus sucesores. La transmisión de bienes y derechos «mortis causa» en nuestro país está gravada mediante el Impuesto de Sucesiones.

Los Sucesores del fallecido, ya sean sus herederos o legatarios, son los obligados a declarar el Impuesto de Sucesiones. El plazo para hacerlo es dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento del causante, es importante saber que disponemos de un plazo de cinco meses para solicitar una prórroga de la declaración del impuesto por ese mismo plazo de seis meses.

Estamos ante un impuesto cuya aplicación está cedida a las Comunidades Autónomas, de ahí sus distintos importes y tratamientos. Por ejemplo, es mucho más caro heredar en Andalucía que en Madrid. El lugar donde se ha de presentar la liquidación del impuesto es dónde ha residido el fallecido durante mayor tiempo durante los últimos cinco años antes de su fallecimiento.

¿Qué significa que en la Comunidad de Madrid sale más barato heredar? La Comunidad ha venido aplicando desde hace 10 años una importante reducción en el Impuesto de Sucesiones, lo que hace que sea una de la Comunidades Autónomas más interesantes para domiciliar la actividad fiscal, y es que los descendientes, ascendientes, cónyuges o parejas de hecho del fallecido tienen una bonificación del 99% sobre el Impuesto de Sucesiones, es decir, que sólo deberán de abonar un 1% de la cuota tributaria.

6 comentarios en “El impuesto de sucesiones”

  1. Maria Becerra Moreno

    Yo he heredado de mi tio en Fuengirola (Malaga)y por un piso que ellos han valorado en 127.000 euros que realmente se podria vender en 90.000 como mucho estoy pagando 31.000 euros aplazado en 4 años.
    Es una total injusticia!!! Que somos ciudadanos de tercera?

  2. Si se tiene propiedades en dos comunidades distintas y fallece uno de los conyuges ,hay que pagar el impuesto de sucesiones en ls dos comunidades?

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