Bufete Rosales – Despacho de Abogados Profesionales en Madrid

BUENAS NOTICIAS: AUN SE PUEDEN SEGUIR RECLAMANDO LOS GASTOS HIPOTECARIOS.

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de confirmar que el plazo de prescripción para la devolución de los gastos hipotecarios empieza a contar desde la sentencia que declara la nulidad de la cláusula por abusiva.

Es decir, que el plazo para reclamar es prácticamente imprescriptible.

Llama e infórmate. 91 550 15 15

Especialistas en Derecho concursal

En Bufete Rosales y gracias a nuestra dilatada experiencia en procedimientos concursales, ofrecemos un servicio integral. Dada nuestra dilatada experiencia en los procedimientos concursales hemos adquirido la versatilidad y habilidad para posicionarnos en cualquier posición dentro del concurso de acreedores. Con esto me refiero a que dentro de nuestras líneas de actuación se encuentran,

  • El diagnostico sobre la posible insolvencia del deudor y el asesoramiento en la fase pre-concursal.
  • La negociación de acuerdos para la refinanciación de deuda.
  • La planificación, la preparación y la tramitación del concurso de acreedores así como la fase de liquidación puesto que damos un servicio de asesoramiento personalizado en función de cada cliente.

Nos caracterizamos por obtener un elevado porcentaje de éxito en las negociaciones con los acreedores. Puesto que conocemos en profundidad todas las posiciones por las que un deudor, un acreedor o un insolvente pueden verse involucrados y sabemos cómo actuar en cada una de ellas. Todas nuestras acciones son analizadas minuciosamente por nuestro equipo de abogados y economistas expertos en la materia concursal puesto que ellos son quienes fijan unas pautas a seguir en función de las necesidades de nuestros clientes, ya que únicamente presentamos el concurso de acreedores en el caso de que nuestras medidas preventivas hayan resultado insatisfactorias.

1 comentario en “Especialistas en Derecho concursal”

  1. Hola. Me gustaría saber si es posible interponer una medida cautelar contra el administrador concursal, pues en la ley no dice nada, ni tampoco en la jurisprudencia, y no encuentro nada relacionado con eso. ¿Es posible inteponerla contra este sujeto? Gracias de antemano

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